Honorarios del Colegio de abogados de
Albacete
La publicación de estos Criterios Orientadores de Honorarios Profesionales obedece, fundamentalmente, a la necesidad legal de contar con un instrumento idóneo para resolver las impugnaciones de honorarios profesionales que pudieran plantearse en la tramitación de las tasaciones de costas establecidas en nuestras normas procesales. Para la obtención de los Criterios Orientadores de Honorarios se han valorado las diversas interpretaciones que han efectuado, en distintos supuestos las Juntas de Gobierno de los respectivos Colegios de Abogados de Castilla-La Mancha.
Igualmente se ha querido aprovechar esta publicación para contemplar supuestos que no estaban previstos con anterioridad y se han incluido criterios de fijación de honorarios de nuevas tramitaciones procesales, como es el caso de la Ley Concursal.
Todo ello obedece al deseo del Consejo de la Abogacía de Castilla-La Mancha de respetar la competencia profesional y de contar con unos Criterios de Honorarios que vayan adecuándose, en todo momento, a las necesidades marcadas por la Ley y a las orientaciones que van estableciéndose por las Juntas de Gobierno de los Colegios de Abogados de Castilla-La Mancha cuando resuelven impugnaciones de honorarios. Por ello, los presentes criterios deben estar en continua transformación, al objeto de que puedan resolver, en todo momento y con eficacia, cualquier supuesto que pueda plantearse en relación a los mismos; siempre desde el respeto a la competitividad y a los derechos de los ciudadanos.
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